Creo importante hacer referencia a la LSSI (ley 34/2002 del 11 de Julio)
que regula las denominadas sociedades de la información y comercio electrónico
en vigor desde septiembre del 2002. Te facilito el enlace directo a la página del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (España)
en la que encontrarás toda la información acerca de esta ley. Haz clic
aquí para acceder.
En principio con hacer constar los datos requeridos para una factura (CIF
o NIF, razón social o nombre ...) e inscribiendo en el registro mercantil
el dominio o URL si no lo tienes será suficiente. Hacer constar el
dominio en el registro mercantil solo es obligatorio si tu empresa ya está registrada, en otro caso no es necesario.
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